Hace unos días tuve la oportunidad de participar como experta en una Comisión de la Asamblea de la Comunidad autónoma de Madrid. Había recibido una amable invitación, que no dudé en aceptar, para intervenir en las reuniones que están celebrando. El objetivo: analizar las duplicidades en la prestación de los servicios públicos por parte de las distintas Administraciones. Algo he escrito sobre el despilfarro público, la multiplicación de organismos y la hipertrofia del sector público, así como sobre la necesidad de garantizar la buena gestión y administración de los asuntos públicos, por lo que me interesaba exponer en ese foro mis opiniones. Es más, me encontré con la agradable sorpresa de que hasta algunos diputados regionales habían leído los comentarios que escribimos en este blog. Es cierto que no todos hasta el final, pero eso me anima a seguir explicando los conceptos esenciales y básicos de la democracia municipal que debería conocer cualquier representante político con independencia de su educación o formación.Son demasiados los ejemplos en que Administraciones con competencias en el mismo territorio pretenden ocuparse de idénticos fines y prestar similares servicios: hay sociedades de promoción turística que dependen de la Comunidad autónoma y otras de los Ayuntamientos; sociedades de alquiler e institutos o empresas de vivienda; observatorios sobre las políticas de igualdad; centros y ventanillas de formación de empleo, oficinas de promoción exterior, en fin, son muchos los ejemplos de esas estructuras duplicadas entre las Administraciones autonómicas y municipales. Las desventajas resultan evidentes: se divide el esfuerzo de las Administraciones, se promueve una ineficiente asignación de recursos humanos y económicos, se genera un mayor gasto público, cuando no el despilfarro, además de originar el riesgo de medidas administrativas incoherentes y la confusión entre los ciudadanos sobre la Administración responsable de los servicios.

Es cierto que a esta situación se ha llegado por la oscura distribución de competencias que emana, a mi entender, de la propia Constitución. Disiento del parecer que dispara sus críticas hacia la Ley básica de régimen local, pues creo que su sistema de distribución es acorde con las exigencias que plantea un Estado descentralizado con poderes legislativos regionales. A mi juicio, la Ley de régimen local hace bien en atribuir a los Ayuntamientos una “competencia general” para que los munícipes salidos de unas elecciones democráticas acojan las necesidades y aspiraciones de los vecinos. Ahora bien, las decisiones de ofrecer nuevos servicios deben ser responsables y no fruto de acuerdos irreflexivos o frívolos. Y es que algunas duplicidades provienen de una malsana actitud política de emular y rivalizar con los servicios de otra Administración pública. Las Comunidades autónomas o los Ayuntamientos deben ejercer sus competencias con responsabilidad y no “competir” entre sí. ¿Es necesario recordar que la lealtad  institucional, los principios de colaboración y cooperación exigen justo lo contrario a esa “competición duplicativa”?

Además, también debe analizarse con rigor de manera previa al establecimiento de un servicio público su coste y financiación, porque resulta muy perturbador para la educación ciudadana esas “ilusiones financieras” de que los prestadores de los servicios no cobran o que son otras Administraciones las responsables de su mantenimiento y se trata de “servicios impropios”.

Mucho hay que hacer para corregir las “duplicidades administrativas” actuales y que sea sólo una Administración, una Administración de cierta entidad y con suficientes recursos económicos, la que asuma la responsabilidad de la prestación de los servicios públicos. En muchas ocasiones parece conveniente que sea la Administración municipal la que preste el servicio. No por el argumento ya caduco de la cercanía. Las infraestructuras y las telecomunicaciones han alterado el concepto del territorio en el Derecho público. La razón hay que buscarla más bien en la identificación de los vecinos con ese poder local. Pero para que sea tal poder, democrático y con autonomía de gestión, debe tratarse de Ayuntamientos de cierta entidad y con recursos económicos, porque, si se mancomuna la prestación de todos los servicios ¿para qué la autonomía de gestión de ese Ayuntamiento?

La colosal crisis económica que padecemos ayudará sin duda a clarear ese espeso panorama de organismos, sociedades, fundaciones, institutos, observatorios … que tratan todos de hacer lo mismo con un gran coste de recursos para los vecinos. Por eso interesa el afán de esa Comisión parlamentaria y de otros organimos ocupados en esa tarea. Mi deseo: que consigan su objetivo avanzando con rigor jurídico y sin contagiarse de “duplicidad”, que, como sabemos, también significa según los diccionarios

3 Comentarios

  1. Estimada Mercedes:
    Me ha encantado tu comentario. En la medida de mis posibilidades, dirigiendo una PYME, intento convencer a las distintas administraciones de los principios de colaboración y cooperación en el uso de recursos informáticos: cada organismo público tiene un centro de procesamiento de datos y no lo comparte con nadie y lo pueden hacer gracias al Cloud Computing, o el uso de los vehículos compartidos (www.amovens.com), conocimiento compartido (¿tiene sentido tanto Museo descentralizado?; ¿nos lo podemos permitir?) … te paso este enlace a un articulo mío- que es deliberadamente provocador – para que veas de que hablo.
    http://www.revistacloudcomputing.com/2011/09/3-motivos-por-los-que-en-espana-el-modelo-cloud-para-las-administraciones-publicas-tardara-mas-que-en-otros-paises-y-al-final-nos-saldra-mas-caro/

  2. El problema es que si se mantine la competencia general para que los Municipios acojan las aspiraciones y necesidades de los vecinos, la experiencia, la lógica, el devenir de los hechos e incluso la propia condición del ser humano haran imposible poner sensatez, poner límite a nada, porque esas buenas intenciones expresadas en frases como:.. no rivalizar con servicios de otras administraciones… , no competir entre si…. lealtadad institucional, principios de cooperación y colaboración….. conveniencia…. cierta entidad del municipio??’….. finalmente son sólo eso, palabras bonitas que quedan bien, pero que no evitarán, en modo alguno las, incluso legítimas, aspiraciones de protagonismos…. las ilusiones de un gestor bien o mal intencionado etc etc…y finalmente la confusión, la permisividad de un precedente que finalmente se vuelva a convertir en regla para uno y por extensión para todos.
    Me inclino por una apuesta razonada, lo que no es dificil, de un régimen cerrado de competencias, y como mucho con un margen de excepcionalidad muy concreto y bien regulado.

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