Según la D.A.2ª LEBEP, “Son funciones públicas, cuyo cumplimiento queda reservado exclusivamente a funcionarios, las que impliquen ejercicio de autoridad, las de fe pública y asesoramiento legal preceptivo,…Son funciones públicas necesarias en todas las Corporaciones locales, cuya responsabilidad administrativa está reservada a funcionarios con habilitación de carácter estatal…La de secretaría, comprensiva de la fe pública y el asesoramiento legal preceptivo”. Todos tenemos –incluso los Secretarios (!)- nuestras opiniones, pensamientos, ideologías, valores, tendencias… pero (como he indicado más de una vez), el ser un profesional “de algo” no supone ni más ni por supuesto menos que hacer aquello que se supone que tenemos que hacer -en el caso de los FHE, nuestras funciones están bien definidas- de la mejor manera posible. Dicho esto, a juicio de quien suscribe hay compañeros que trabajan de una manera muy rara…
Como somos profesionales, no debemos hablar al Alcalde del mismo modo que le hablamos a nuestros hijos. Primero porque el susodicho ya es mayorcito, y segundo porque a nuestros hijos les educamos dentro de la legalidad y también de la ética, mientras que nuestro trabajo exige que al Alcalde únicamente le llamemos la atención mediante advertencias de legalidad. Nunca doy nombres y apellidos, y por supuesto hoy no voy a hacer una excepción, pero apunto las anécdotas –verídicas al pie de la letra- a modo de diálogos.
Admito que me da cierta rabia publicar conversaciones entre político y técnico en las que el sensato es el primero, pero ahí va eso:
ALCALDE: Creo que ha cambiado la normativa sobre espectáculos taurinos, y las fiestas son el mes que viene… SECRETARIO: Ya me lo miraré… ALCALDE: No, no. Míralo ya, que la fiesta se nos echa encima. SECRETARIO: Es que el tema me toca las narices, si quitaran ya la salvajada esa de los toros… Al menos lo podríais quitar en este pueblo…
Otra:
INTERVENTORA: No hay dinero para una fuente ornamental en la plaza. No se puede hacer la fuente. ALCALDE: Que me digas que no haya dinero te lo acepto, pero quien dice si se hace la fuente o no soy yo, y se hace la fuente. INTERVENTORA: Por encima de mi cadáver…
Y otra más:
ALCALDE: Aún está pendiente de informar la posibilidad de incorporar en el Sector S, residencial de lujo, el proyecto de construcción de un campo de golf… SECRETARIO: Construir un campo de golf no es exactamente ilegal, pero debería serlo. Es un deporte caro y absurdo, para unos pocos pijos estúpidos. ALCALDE: Dime sólo si es legal, lo otro te lo ahorras…
En fin, parece que en la normativa diga “asesoramiento moral preceptivo”. No se trata de que no nos gusten los toros ni el golf (opiniones muy respetables), es que no nos corresponde emitir juicios de valor ético. El criterio de legalidad es nuestro punto fuerte, pero el de oportunidad es incuestionablemente político, y deriva de las urnas. Mandamos en nuestras vidas, en nuestras casas… Podemos dar órdenes, sabios consejos o simplemente manifestar opiniones a familia y amigos… o en la barra de un bar. Pero en el Ayuntamiento no. Si queremos dar en ese recinto una opinión que no sea técnica, debemos asumir que se reciba como si canta el canario; y si queremos mandar en un Ayuntamiento, pues vendamos nuestra alma al diablo y metámonos en política. O viceversa.
totalmente de acuerdo! el q manda y decide lo q se hace es el politico, q para eso le votaron, nosotros le decimos si la ley le permite hacer cosas y si hay dinero para ello, pero no somos quien para prohibirle nada, como mucho hacemos informe o reparo y luego ellos veran. Si a mi mi alcaldesa me dice «quiero hacer X» y no hay dinero yo se lo digo «oye, ahora mismo no hay dinero, busca una forma de financiacion si quieres hacerlo este año, sino tendremos q esperar al siguiente», no se me ocurre «prohibirle» hacer la obra o prestar el servicio q sea!
Estoy completamente de acuerdo con vuestros comentarios. Pero deseo añadir que el
Bonito tema el que tocas y que da para mucho debate dada la peculiar posición del FHE.
Personalmente creo que existe una cierta obligación moral de «aconsejar» cosas que posiblemente al político se le puedan pasar por alto para que, simplemente, sean valoradas. Es una especie de sentimiento de lealtad, por supuesto sin entrar en problemas políticos entre partidos (que cada palo aguante su vela, dicen).
Conversaciones como las que apuntas son frecuentes, y es que el FHE muchas veces patrimonializa demasiado su trabajo, hecho que habría que tratar de que no fuera así. A veces uno se implica más de la cuenta, aunque pretenda situarse en un plano de objetividad. He de reconocer no obstante que en ocasiones hay que hacer informes duros, pero eso no obsta para que puedas llegar a comprender por qué un Alcalde puede decidir algo enm un momento determinado. A veces he llegado a decir al Alcalde que mi obligación era informar sobre la legalidad, pero que no obstante (en casos excepcionales), es probable que en su caso no hiciera caso del informe que yo mismo había suscrito. Por supuesto en esos casos asume su responsabilidad, pero debe saber que lo hace.
En un ámbito profesional en el que dada la extensión, amplitud y farragosidad de la normativa, impera sin duda un alto grado de inseguridad jurídica, convertimos el trabajo en una carrera de obstáculos a salvar, ejemplos hay muchos- La propia necesidad de control (burocracia en su sentido garantista) que la norma trata de imponer y nosotros de aplicar, hace que en ocasiones se llega a la inmovilización y parálisis político-administrativa, al bloqueo. Y nos limitamos a practicar lo que he venido en llamar ‘administración defensiva’ olvidando el sentido de la norma, para qué existe y por qué existe.
Estoy esencialmente de acuerdo con el compañero Almonacid, pero por lo que respecta a los toros y al campo de golf, sin salirme un ápice de mi función de asesoramiento legal preceptivo, le diría a mi Alcalde lo siguiente: existe en nuestro Ordenamiento Jurídico un derecho a la objeción de conciencia que puede ser ejercido con independencia de que se haya dictado o no una regulación especifica, porque la objeción de conciencia forma parte del contenido del derecho fundamental a la libertad ideológica reconocido en el art. 16.1 C.E y, como el Tribunal Constitucional ha indicado en diversas ocasiones, la Constitución es directamente aplicable como norma, especialmente en materia de derechos fundamentales; por lo tanto no cuentes conmigo para nada en barbaries taurinas o golfistas.
[i]»En fin, parece que en la normativa diga
Ya se ve que quien escribe lo de arriba no es técnico de nada, pero menos aún en Derecho ¿Donde se ha visto que las leyes tipifiquen ideologías? y ¿Donde se ha visto que la objeción de conciencia, como Derecho Fundamental reconocido en la Constitución, no sea un límite legal al ejercicio del poder público, si la Constitución es una Super-Ley?
El asesoramiento legal no tiene porque ser necesariamente incompatible con la ética, la justicia es un elemento del Derecho y cualquier asesoramiento legal puede ser tachado de ideológico.
YO trabajo en un Ayuntamiento pequeño. Además de mis funciones preceptivas como secretario y como interventor, firmo y digo cómo se tienen que hacer todos los expedientes del Ayuntamiento. Desde una baja de oficio del padrón hasta un proyecto de reparcelación y no porque me apetezca sino porque no hay nadie más que lo pueda hacer.
Estoy desbordado de trabajo ya que además de esto el personal ha sido escogido siempre a dedo y no tiene ni la más mínima formación. Como ejemplo, soy yo el que tengo que revisar si están bien escogidas las partidas en las que se imputa cada gasto ya que prácticamente las personas que trabajan en la intervención no conocen la estructura presupuestaria.
Eso sí, los políticos que gobiernan quieren tirar adelante unas urbanizaciones gigantescas que quedaron por hacer, concesionar el servicio del agua del municipio, modificar el planeamiento con varias modificaciones puntuales a la vez, hacer todas las obras posibles……..
Los políticos lo quieren todo y rápido pero cuando tienen que tomar decisiones que afectarán al funcionamiento futuro del ayuntamiento se olvidan de escuchar al Secretario y de hacerle caso aplicando un poco de sentido común y de lógica.
Sea por desconocimiento, por ignorancia, porque no atinan a ver los peligros, las responsabilidades ni las necesidades o simplemente porque no les dices lo que quieren oir al final te haces incómodo para ellos, te ningunean y te dejan de hablar posiblemente para no tener que darte explicaciones de porqué hicieron todo lo contrario a lo que les has recomendado (y no estoy hablando de cuestiones de oportunidad, ni de fuentes sino de cosas básicas, es decir, el abc de la Adminsitración y del régimen local).
Esa función gerencial o de coordinación que se quiere desde altas instancias que asumamos en ayuntamientos pequeños se hace treméndamente incómoda ya que no tienes los elementos necesarios para llevarla a cabo.
Me siento solo y estoy muy decepcionado.
A Luis Ramón
Yo también trabajo en un Ayuntamiento pequeño aunque parece que el personal de que dispone está más capacitado que el tuyo. Sin embargo, también reviso desde un alta en el padrón de habitantes a un proyecto de reparcelación, pasando por la imputación de gastos y los expedientes de contratación.
La soledad y la decepción me acompañan en esta profesión desde hace 23 años. Pero en justicia también quiero decirte que me ha enriquecido mucho, profesional y personalmente. He conocido a personas, compañeros y no compañeros que me han ayudado y me siguen ayudando y de las que aprendo de forma constante. He tenido que estudiar asuntos muy variados que me han llevado a áreas del derecho, que en otro caso nunca habría conocido; la casuística es enorme ( tú ya lo sabes) y me ha proporcionado una visión, no profunda pero sí muy amplia de la vida municipal.
En el otro lado de la balanza, echo en falta las primeras corporaciones municipales con las que me tocó trabajar, formadas por personas que ni entendían de política ni querían entender; que