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Deuda excesiva, (y III)

He utilizado este título para los tres últimos artículos a conciencia: aunque sé que se la estadística de base se denomina “déficit excesivo”,  yo prefiero el término “deuda excesiva” porque refleja mejor la realidad subyacente: el sector público no cuadra sus cuentas anuales, gasta muchísimo más que la ingente cantidad de recursos que extrae de la renta bruta de los contribuyentes, y genera un déficit creciente y explosivo, que financia emitiendo deuda pública que alguien debe comprar para que no haya suspensión de pagos; es decir, hay excesiva deuda pública en circulación. Por cierto, el importe de esta deuda hay que devolverlo a su vencimiento.

Préstamos al ralentí

Entre las variables de la economía que están mostrando una tendencia de deterioro menos acusado, por no decir de mejoría, destaca el endeudamiento del sector público, ya sea medido en términos de préstamos con el sector financiero, o según los datos que proporciona la contabilidad nacional en el contexto del programa de (corrección) del déficit excesivo.

El boletín estadístico del Banco de España de Diciembre, último disponible, contiene datos muy útiles para entender la evolución de estas magnitudes. Así, por ejemplo, sobresale la tendencia que ha seguido la inversión crediticia del sector financiero a organismos de la administración pública, término que incluye todos los niveles de la administración: central, comunidades autónomas y entidades locales.

Partiendo de Diciembre de 2007 que, como tantas otras medidas supuso el último momento bueno previo a la crisis (como sabe, la tormenta empezó antes, pero la inercia de la economía mantuvo en pie muchos registros, en algún caso hasta mediados de 2008), el sector público debía a las entidades financieras nacionales 43.000 M €, de los cuales el 90% era a entidades de depósito, el 8% a establecimientos financieros de crédito y el 2% restante al ICO.

A pesar de la crisis, las diferentes administraciones públicas continuaron demandando crédito al  sistema financiero y éste lo concedió hasta un saldo máximo de 93.100 M € en Abril del año pasado (distribución: 85% entidades, 1% establecimientos, 7% ICO); es decir, durante esos cuatro años y medio de crisis prácticamente se duplicó la deuda de las administraciones. Ahora se podría comentar si ésa era la evolución más razonable o, si en un contexto de exigencia de reducción del déficit en general, hubiera sido preferible disminuir la apelación al crédito ajustando los gastos; pero como suelo decir, nos adentraríamos en un terreno poco objetivo que sólo generaría debate de ideas. El hecho cierto es que entre Diciembre de 2007 y Abril de 2012 la deuda financiera de las administraciones se duplicó.

En Febrero del año pasado se tomó una decisión que, a mi juicio, no ha sido suficientemente comentada, al poner  en marcha el “mecanismo de financiación para el pago a proveedores de entidades locales y de comunidades autónomas”, con el objetivo de pagar a los proveedores de productos y servicios a esos entes las facturas que tenían pendientes de cobro por trabajos o ventas realizadas años antes. Quien haya estado próximo a  ese tipo de empresas posiblemente recordará el balón de oxígeno que supuso para una parte importante del tejido empresarial el hecho de que el deudor, las administraciones públicas, pagasen unas facturas que muchos daban por perdidas desde hacía años.

En apenas dos meses el sector financiero aportó a las administraciones, ayuntamientos y comunidades, unos 26.000 M € en un proceso que, visto desde fuera, puso de manifiesto la excelente capacidad técnica de las entidades participantes y de los profesionales de la Administración, superando las expectativas más optimistas. Haciendo unos cálculos muy simples con los datos agregados del proceso que se publicaron, se deduce que los entes locales pagaron 1.717.000 facturas pendientes, de un importe medio de 5.400 €; y las comunidades autónomas 3.960.000 facturas de unos 3.200 € aproximadamente. En ambos casos, y asumiendo los errores de esas medias simples, nos podemos hacer una idea del tipo de proveedor que estaba pendiente del cobro; por desgracia, para algunas empresas y muchos empleados o autónomos la medida llegó tarde.

El impacto del programa de pago a proveedores en las cifras del sector se concreta en que el total de préstamos y créditos a la administración pública en Julio ascendió a 123.800 M € (distribución: 85% entidades, 1% establecimientos, 14% ICO), que constituyó el máximo de la serie; desde entonces, el saldo ha ido disminuyendo cada mes, hasta los 119.000 M € de Noviembre pasado.

Para entender mejor el aspecto positivo que, en mi opinión, tiene esa bajada del saldo convendría destacar que el total incluye los 26.000 M € procedentes de los bancos y cajas adheridos al mecanismo  que llegaron directamente a los proveedores con facturas reconocidas y pendientes de cobro; descontando este efecto, el saldo neto se habría mantenido estable en  93.000 M €; y si además se descuenta el esfuerzo adicional del ICO dirigido al sector (que le ha llevado a alcanzar una cuota del 14% del saldo total), la deuda actual de las administraciones con el  conjunto de entidades de crédito habría disminuido  2.500 M €.

Se me ocurren dos posibles razones que expliquen esa tendencia: por un lado, la dificultad del sector financiero para aportar nuevos fondos a la economía real mientras continua su propia reestructuración, idea que no hay que descartar del todo; y por otro lado, las medidas de control de gastos de las administraciones que reducen su necesidad de nuevos fondos. Porque no quiero ni imaginarme que se haya repetido la práctica de guardar en cajones otros millones de facturas no contabilizadas y porque espero que los mecanismos de control interno de las administraciones habrán recuperado el papel que nunca debieron perder en manos de los políticos; o al menos, así lo deseo.

¿Necesidades de cambio en la ciencia jurídico-administrativa?

En breve volverá a pasar de nuevo por España el tren de la oportunidad. Parece que dentro de este año 2013 será aprobada la nueva directiva relativa a la contratación pública lo cual obligará a la adaptación de las normas internas que regulan la materia. Por ejemplo, como dato curioso, habrá que adaptarse a que los partidos políticos tengan, a efectos de su contratación, la consideración de poderes adjudicadores.

Doce uvas

Gotean las noticias estos primeros días del año sobre la reforma de la legislación local. Como acabamos de salir de la fiesta de Nochevieja, me atrevo a proponer las siguientes doce uvas:

 1. Supresión de Ayuntamientos. Se trata de una operación que debe hacerse en cada Comunidad autónoma pues las fórmulas pueden ser muy variadas y han de atender a las peculiaridades de cada territorio. Mecanismos a aplicar, entre otros: la fusión voluntaria contemplada en las normas vigentes o la obligatoria impuesta a través de una ley de la Comunidad autónoma.

Peláez, es usted voluntario para servicios mecánicos.

Casualmente y buscando acaso algún escondido artículo del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, tropecé con el Capítulo VI que regula la Prestación personal y de transporte dentro del Título II (genéricamente denominado “Recursos de los municipios”). Ya casi no me acordaba de su existencia. El art. 56 escuetamente dispone que “La hacienda de los municipios estará constituida por los recursos enumerados en el artículo 2 de esta Ley en los términos y con las especialidades que se recogen en este título.” Y acudiendo al art. 2, supongo que cuando se indica que “1. La hacienda de las entidades locales estará constituida por los siguientes recursos…” hay que hay que acudir al último apartado, al h) que enuncia “Las demás prestaciones de derecho público.”

Ayuntamientos y agencias de calificación (I)

Recibí algunos comentarios a mi última colaboración en los que se me recordaba que, además de perseguir los actos ilegales y lesivos, también habría que exigir responsabilidades a las autoridades, máxime cuando han existido precisos informes alertando de las ilegalidades por Secretarios e Interventores.  Cierto. Hemos construido una teoría de la legalidad de la actuación administrativa colocando la lupa de manera preferente en el análisis de los elementos de los actos administrativos. Quizás, por ello, se desatienda mirar hacia el causante de la ilegalidad y exigirle la debida responsabilidad, que, por cierto, ya establecen algunas leyes desde hace años -caso de la normativa de contratos o de procedimiento administrativo.

Otro indicador crítico, crisis y renovación de los planes de vivienda…

En los años de la burbuja inmobiliaria y financiera española se produjo un cierto impulso y transformación en las políticas de fomento para facilitar el acceso a la vivienda e impulsar la rehabilitación y regeneración urbana. Ciertamente, en esos años el acceso a una vivienda encarecida, aun con un crédito desbocado y barato, constituía una de las preocupaciones fundamentales de los españoles y se vinculaba a algunos problemas estructurales de la sociedad española como el del retraso en la edad de emancipación y, consecuentemente, de formación de nuevos hogares.

El conflicto como motor de nuestra historia

El conflicto no es una maldición. Al contrario, en muchas ocasiones es el trampolín que precisamos para ascender en nuestro camino personal o profesional. Por eso, debemos afrontarlo de una manera inteligente y abierta, por mucho dolor y tensión que nos pueda producir en primera instancia.  El conflicto es consustancial a la vida de las personas, de las empresas y de los países y tenemos que aprender a resolverlos, afrontarlos, sortearlos o evitarlos según sea su naturaleza, entidad y repercusión. Aunque la prudencia aconseja evitarlos en medida de lo posible, al final siempre terminan apareciendo en nuestro camino, hagamos lo que hagamos. Sólo los simples y los necios pueden pensar que el conflicto no llamará a su puerta jamás. A medida que ascendamos, más complejos y difíciles serán los problemas y conflictos que debamos resolver. De alguna forma, son ellos los que marcan nuestro techo de competencia.