Archivo mensual: julio 2007

Organizándose

Organizándose

Dice el art. 38 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF), que dentro de los treinta días siguientes al de la sesión constitutiva, el Alcalde convocará la sesión o sesiones extraordinarias del Pleno de la Corporación que sean precisas, a fin de resolver, entre otros, sobre la periodicidad de las sesiones del Pleno y sobre la creación de Comisiones Informativas. Por su parte la Ley de Administración Local de Aragón, Ley 7/1999, de 9 de abril, precisa que los órganos colegiados de las entidades locales celebrarán sesiones ordinarias, de periodicidad preestablecida, y extraordinarias, que podrán ser, en su caso, urgentes. Es curiosa la costumbre, firmemente arraigada, de fijar la periodicidad de las sesiones del Pleno con una precisión cuasi germánica, circunstancia que inevitablemente produce un rígido encorsetamiento legal a cuatro años vista que hace que si no respeta a carta cabal, pueda desatar los truenos del Consistorio.

Los Tribunales de Selección tras el Estatuto Básico. La Discrecionalidad Técnica

Los Tribunales de Selección tras el Estatuto Básico. La Discrecionalidad Técnica

Desde hace años venía siendo duramente criticado por una parte de la doctrina el que la composición de los Tribunales de selección de personal al servicio de las Corporaciones Locales no fuera exclusivamente técnica, porque ello vulneraba la Constitución Española de 1978 al no quedar garantizados los principios de igualdad, mérito y capacidad, necesarios para mantener la objetividad e imparcialidad, como sucede en el ámbito del Estado (arts. 11 y 12 RGIPP). De esta manera, la redacción del art. 4 e) y f) del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, que habla de composición «predominantemente» técnica y que recoge la inercia preconstitucional de la presidencia de los órganos seleccionadores por el Presidente de la Corporación Local o miembro de la misma en quien delegue debía ser considerada inconstitucional según esa parte de la doctrina: ¿Cómo puede un tribunal no “exclusivamente” técnico basar sus decisiones en la inamovible “discrecionalidad técnica”, que se fundamenta en el conocimiento técnico?. Tras varios años de resistencia, parece que al final, en esta ocasión se ha impuesto la lógica constitucional y el legislador ha redactado finalmente el precepto acorde con el sistema de fuentes, al establecer en el art. 60.2 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público: «El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección». Una redacción poco afortunada y algo confusa que utiliza términos ambiguos y está dando algunos problemas interpretativos. 

esPublico y Universidad de Zaragoza presentan el 11ª Postgrado de Contabilidad y Auditoría en AAPP

esPublico y Universidad de Zaragoza presentan el 11ª Postgrado de Contabilidad y Auditoría en AAPPesPublico y la Universidad de Zaragoza presentan la 11ª edición del Postgrado de Contabilidad y Auditoría Pública en modalidad OnLine. Así, esPublico participa por 4 año consecutivo como colaborador en la modalidad on-line del postgrado. El postgrado se cursa en la modalidad online a través de la plataforma de teleformación formacion.espublico.com. Este es uno de los postgrados más prestigiosos en la materia y las plazas son limitadas. Ya son muchos los usuarios de esPublico los que han pasado por este postgrado en anteriores ediciones.

Para más información contacte con nosotros en el teléfono 902 194 079

La 11 ª Edición del Diploma de Especialización en Contabilidad y Auditoría de las Administraciones Públicas Territoriales tiene como principal objetivo la formación de profesionales y universitarios en técnicas de contabilidad y auditoría de las administraciones públicas, tanto para ejercer una función contable o de gestión en el seno de las mismas, como para desarrollar funciones de auditoría en organismos públicos o firmas privadas.

Dictamen del Cte Económico y Social Europeo sobre la futura legislación de accesibilidad electrónica

Dictamen del Cte Económico y Social Europeo sobre la futura legislación de accesibilidad electrónicaEn el Diario Oficial de la Unión Europea de hoy, día 27, se publica el dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «La futura legislación sobre la accesibilidad electrónica».

Así, dicho Comité anima al Consejo de Europa a seguir una serie de recomendaciones de la que nos hacemos eco.

Régimen de las Expropiaciones de la Ley 8/2007, de 28 de mayo, de Suelo

Régimen de las Expropiaciones de la Ley 8/2007, de 28 de mayo, de Suelo

Con carácter general, la expropiación se puede definir como la institución a través de la cual un sujeto es privado de un bien o de un derecho, por causa de utilidad pública e interés social, a cambio de un precio justo.

La expropiación por razón de la ordenación territorial y urbanística se aplicará para cumplimiento de las finalidades establecidas en la Ley 8/2007, de conformidad con lo en ella dispuesto y en la Ley de Expropiación Forzosa.

¿La última reforma de la Ley de Bases del Régimen Local? (y IV)

¿La última reforma de la Ley de Bases del Régimen Local? (y IV)

4. La inclusión de un nuevo apartado 8 en el artículo 75.

Dicho nuevo apartado establece:

Durante los dos años siguientes a la finalización de su mandato, a los representantes locales a que se refiere el apartado primero de este artículo que hayan ostentado responsabilidades ejecutivas en las diferentes áreas en que se organice el gobierno local, les serán de aplicación en el ámbito territorial de su competencia las limitaciones al ejercicio de actividades privadas establecidas en el artículo 8 de la Ley 5/2006, de 10 de abril, de Regulación de los Conflictos de Intereses de los Miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado [1].

Impulso a la informatización de los registros civiles y digitalización de sus archivos

Impulso a la informatización de los registros civiles y digitalización de sus archivos

En su día fue publicada en el BOE, en concreto el día 29 de mayo,  la Orden JUS/1468/2007, de 17 de mayo de 2007, sobre el impulso a la informatización de los registros civiles y digitalización de sus archivos. Su informatización es indispensable para que sea capaz de satisfacer las necesidades de los ciudadanos de la sociedad actual para permitir obtener la información contenida en los asientos registrales de forma fácil y rápida.

¿La última reforma de la Ley de Bases del Régimen Local? (III)

¿La última reforma de la Ley de Bases del Régimen Local? (III)

3. La modificación del artículo 75.7.

Este apartado del art. 75 disponía[1]:

Todos los miembros de las Corporaciones locales formularán declaración sobre causas de posible incompatibilidad y sobre cualquier actividad que les proporcione o pueda proporcionar ingresos económicos.

Formularán asimismo declaración de sus bienes patrimoniales.