Dice el art. 38 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF), que dentro de los treinta días siguientes al de la sesión constitutiva, el Alcalde convocará la sesión o sesiones extraordinarias del Pleno de la Corporación que sean precisas, a fin de resolver, entre otros, sobre la periodicidad de las sesiones del Pleno y sobre la creación de Comisiones Informativas. Por su parte la Ley de Administración Local de Aragón, Ley 7/1999, de 9 de abril, precisa que los órganos colegiados de las entidades locales celebrarán sesiones ordinarias, de periodicidad preestablecida, y extraordinarias, que podrán ser, en su caso, urgentes. Es curiosa la costumbre, firmemente arraigada, de fijar la periodicidad de las sesiones del Pleno con una precisión cuasi germánica, circunstancia que inevitablemente produce un rígido encorsetamiento legal a cuatro años vista que hace que si no respeta a carta cabal, pueda desatar los truenos del Consistorio.





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esPublico y la Universidad de Zaragoza presentan la 11ª edición del Postgrado de Contabilidad y Auditoría Pública en modalidad OnLine. Así, esPublico participa por 4 año consecutivo como colaborador en la modalidad on-line del postgrado. El postgrado se cursa en la modalidad online a través de la plataforma de teleformación
En el Diario Oficial de la Unión Europea de hoy, día 27, se publica el dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «La futura legislación sobre la accesibilidad electrónica».
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