Las cosas tienen la importancia que se les quiera dar. Y si bien es cierto que la notificación en si misma no es un acto especialmente complejo, en ocasiones se complica y hasta se retuerce, por las consecuencias que de ella se derivan: y si a ello le añadimos las casi siempre inexplicables motivaciones que la mayoría de las veces tienen los políticos para hacer o no hacer las cosas, el asunto se complica sobremanera.
Algo sencillo como notificar una convocatoria de pleno se puede convertir en un pesadilla para el Secretario. Desde la experiencia, podemos aconsejar que durante estos días se vayan recabando desde la Secretaría los domicilios en los que los Señores Concejales quieren ser notificados. Esta sencilla precaución puede evitar mas de un disgusto, más de un enfrentamiento y desde luego muchos quebraderos de cabeza al Secretario.
Es también este un buen momento para empezar a convocar plenos mediante correo electrónico; y yendo un poquito más allá, poder incluso, con un mensaje al móvil, notificar a nuestros concejales que tienen dicha convocatoria en su correo lista para que nos confirmen el recibí.





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Declaro que deliberadamente me alejo de lo científico, del estudio de la norma, de la interrelación de lo normativo con lo jurisprudencial y lo doctrinal. Trato de conocer simplemente (al menos aspiro a ello), la normativa que afecta a un profesional de la habilitación nacional estatal de la Secretaría-Intervención (en palabras llanas un Secretario de Ayuntamiento pequeño) que cada día brega en una maraña administrativa continuamente cambiante, si pensamos el volumen tan sólo físico que ocupan el Boletín Oficial del Estado, el de Aragón y el de la Provincia, por no señalar (a ello sólo aspiran ya los verdaderos eruditos, los que van a por nota) el de las Comunidades Europeas.
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Si hay una institución que pueda reflejar fielmente la forma de ser y de pensar de un pueblo, es ésta la inveterada costumbre de la citación para la asistencia reuniones, de cualquier clase que sean, en primera y en segunda convocatoria. En España, claro. No deja lugar a dudas que ésta es una de esas normas que muestran al país frente al espejo, describiendo sin lugar a dudas la idiosincrasia española.




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